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Reglamento Interno de Risks Consulting

1.    Introducción
 

RisksConsulting es una agrupación de profesionales focalizados en generar soluciones para la auditoría y gestión de riesgos corporativos en las organizaciones.
 

Nuestro equipo profesional cuenta con amplia experiencia en diversas empresas nacionales y multinacionales, especializados en servicios de asesoramiento estratégico en la gestión de riesgos de negocios, prevención de delitos corporativos, gestión de riesgos de las tecnologías de información, control interno y auditoría. 
 

Nos caracterizamos por diseñar un servicio a la medida y de acuerdo a los requerimientos del cliente, asignando profesionales altamente calificados y de acuerdo a las características de cada labor encomendada.
 

El ejercicio profesional exento de conflictos de intereses y nuestra vocación de autonomía e independencia de grupos u organizaciones, nos permite entregar un servicio profesional de calidad, sin injerencias de intereses propios o ajenos.
 

El tamaño de nuestra organización nos permite brindar a nuestros clientes el trato directo y personal que requieren.
 

El presente Reglamento Interno describe las normas y práctica profesionales de las cuales recogen y son concordantes con las establecidas en la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores y las Normas de Carácter General N°s 275 y 355 emitidas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). La Firma tiene políticas y procedimientos que fueron diseñados para asegurar el cumplimiento etico de la Firma y el de las normas de Independencia. Estas políticas y procedimientos han adoptado y se basan principalmente del Código de Ética para los Contadores Profesionales de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) y se complementan con otros requerimientos locales según las normas y leyes locales. 

 

2.    Personas a cargo de la elaboración, aprobación y mantención de las normas contenidas en el reglamento interno.
 

Las personas a cargo de la elaboración y mantención de este reglamento son los gerentes de auditoria y riegos, bajo las directrices de los directores. Este reglamento es aprobado por el socio Oscar Torres.
 

El Socio y representante legal de la Firma Oscar Reynaldo Torres Riveros, será el encargado de comunicar a la CMF, y a las demás instituciones que ésta indique o que la Firma considere necesario, las modificaciones que experimente el Reglamento.
 

Adicionalmente, se tomarán las medidas necesarias para que se mantenga una copia actualizada del presente Reglamento en la página web de la Firma.
 

En caso de modificaciones del presente Reglamento, se deberá entregar una copia actualizada a la CMF dentro de las 48 horas siguientes a la implementación o actualización.


3.    Personas encargadas de la supervisión del cumplimiento de las normas del reglamento interno.
 

El consejo de Directores y Socio, serán los encargados de impulsar el logro de los estándares de calidad en los trabajos de la Firma y velarán por la supervisión del cumplimiento de las normas contenidas en este Reglamento Interno, es decir velarán por la adecuada implementación en los trabajos de auditoría externa, de las políticas y procedimientos de la Firma contenidos en este Reglamento, sin perjuicio del mandato individual que todo el personal de la Firma (Gerentes, Supervisores, Seniors y Staff) tiene de actuar permanentemente en el más alto nivel de calidad.
 

4.    Normas y políticas de procedimientos, control de calidad y análisis de auditoría.
 

Para desarrollar las auditorias utilizamos un enfoque de riesgos, el que nos permite focalizarnos en las partidas de mayor relevancia en cada negocio, su ambiente de control y evaluar los posibles impactos en los estados financieros y procesos de las empresas.
 

4.1    Normas y Políticas de Procedimientos en el Desarrollo de los Trabajos
 

Una vez aceptado el compromiso con el cliente y tomados los resguardos correspondientes, se deberán planificar las auditorías para que su realización se efectúe con la debida diligencia profesional y apego a las normas de auditoría, contabilidad y regulación vigente según el rubro de cada cliente. Para lo cual se requiere:
 

•    Entender todos los aspectos importantes y relevantes de nuestro cliente y el ambiente en que desarrolla sus actividades, el que incluye su control interno.

•    Establecer los detalles de la administración del trabajo, incluyendo la identificación del equipo de auditoría y el borrador de un memorando al cliente sobre el convenio del trabajo para comunicar tiempo, personal y requisitos de auditoría.

•    Identificar los factores de riesgo presentes en la auditoría al nivel tanto de los estados financieros  como de cada afirmación de auditoría.  

•    Determinar un alcance de auditoría suficiente que responda a estos factores de riesgo.

•    Obtener suficiente evidencia de auditoría apropiada para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo en cada afirmación de auditoría.

•    Examinar los estados financieros en su conjunto y obtener toda la evidencia de auditoría que sea necesaria para proporcionar una base razonable.

•    Los papeles de trabajo deben contener documentación sobre toda la auditoría realizada. Además de completos y detallados. 

 

4.2    Control de Calidad y Análisis de la Auditoría
 

El socio y gerente de auditoría, deberán asegurar que todo el trabajo se haya realizado en conformidad a lo definido en la planificación y contrato, junto con las conclusiones y recomendaciones apropiadas redactadas. La revisión deberá incluir:
 

•    La verificación que se han cumplido las normas de independencia por parte del equipo, y enespecial para ese trabajo.

•    El análisis de los principales riesgos detectados durante el trabajo y el tratamiento dado a dichos riesgos. 

 

•    El análisis de los juicios emitidos, en especial los que respectan a riesgos materiales y significativos. 

•    Si se realizaron consultas, si hubieron diferencias de opiniones y el tratamiento dado a ellas.

•    Los asuntos a ser comunicados a la gerencia, Directorio o administración en caso que la empresao sociedad no tenga directorio, o a terceras partes si correspondiera. 

•    Si es apropiado el informe a ser emitido.

 

La revisión se hará a medida que se va desarrollando el trabajo, de manera que los asuntos queden resueltos en tiempo para poder emitir el reporte en la fecha acordada.
 

El reporte no será emitido en el caso de que el revisor haga observaciones o recomendaciones y que elsocio a cargo de la auditoria no comparta. Para lo cual se aplicará lo establecido para los casos dediferencias de opinión.
 

Para las sociedades fiscalizadas por la CMF, los socios a cargo de las auditorias, dedicaran el cinco por ciento de las horas presupuestadas. Para aquellas sociedades no fiscalizadas o reguladas por la CMF, las horas serán determinadas teniendo en consideración el nivel de riesgo que involucre cada proyecto, las que serán determinadas en la etapa de planificación de la auditoria.
 

El o los socios a cargo de la auditoria de estados financieros sostendrán, a lo menos, una reunión al inicio del trabajo de auditoríay una en la conclusión de ésta, con el Directorio o administración, en el caso que no tenga Directorio, de la entidad cuyos estados financieros se están auditando. 
 

El mínimo de reuniones de coordinación que tendrán el o los socios que dirijan, conduzcan y suscriban el informe de auditoría con los equipos de trabajo, consistirá en una reunión inicial antes de la primera visita a terreno.
 

4.3    Monitoreo reglamento interno
 

Las materias a revisar serán, entre otras:
 

•    Aplicación adecuada del enfoque de RisksConsulting.

•    Adecuada documentación de la planeación del trabajo efectuado.

•    Adecuado cumplimiento con las políticas de independencia de la Firma.

•    Aplicación de los procedimientos de la Firma en relación a la aceptación o reaceptación del cliente.

•    Razonabilidad de la emisión de la opinión y formulación de estados contables, de conformidad conlas normas de auditoría aplicadas y las prácticas contables utilizadas.

•    Adecuada documentación en los papeles de trabajo de la revisión de los ciclos críticos de los estados contables.

•    Adecuada evidencia de revisión y supervisión por parte del equipo de trabajo.

•    Suficiencia de la documentación en los papeles de trabajo, respecto de los procedimientos deconclusión y resumen de asuntos importantes.

•    Adecuado cumplimiento de las políticas de control de calidad y administración de riesgos.

 

4.4    Resultados del monitoreo
 

Los resultados del monitoreo serán documentados y contarán con la firma respectiva del socio, el director y gerente correspondiente.
 

La documentación será guardada en medio físico y en medio magnético por siete años.
 

5.    Normas de confidencialidad, manejo de información privilegiada, de acuerdo a lo establecido en el título xxi de la ley 18.045 y de información reservada y la solución de conflictos de intereses con los socios o demas personal de la empresa. 
 

La información privilegiada incluye aquella información que reúne las siguientes características:
 

•    Que sea información referida a uno o varios emisores de valores, a sus negocios o a uno o varios valores por ellos emitidos.

•    No divulgada al mercado.

•    Cuyo conocimiento, por su naturaleza, sea capaz de influir en la cotización de los valores emitidos.

 

Se entiende dentro del concepto de “Información Privilegiada”, aquella información que se tiene de las operaciones de adquisición o enajenación a realizar por un inversionista institucional en el mercado de valores, incluyendo a los Directores de sociedades anónimas.
    
La confidencialidad implica que la información:

 

•    No sea conocida por el público en general o que no esté a disposición de éste.

•    Pueda dañar los intereses patrimoniales o reputacionales del Cliente o de un tercero si se revela.

•    Se haya comunicado en circunstancias que, expresa o tácitamente, exista una obligación de confidencialidad.  Esto generalmente es aplicable a cualquier información obtenida de un Cliente, al discutir o al llevar a cabo los Servicios Profesionales.

•    De otro modo, no pueda revelarse porque lo prohíban las Leyes Locales o se haya firmado un contrato de confidencialidad con un cliente al que no se le es aplicable la Carta de Compromiso.

 

RisksConsulting, incluyendo a sus Socios, Gerentes, Personal Profesional y Personal de Apoyo, deben respetar y mantener la información confidencial del Cliente y no debe usar ni revelar dicha información a otros Clientes o terceros, a menos queLa Ley o alguna regulación exija que se revele, como por ejemplo cuando:
 

¬    Constituya evidencia relevante en procedimientos judiciales y se obtenga por los medios legales adecuados (por ejemplo, orden judicial o embargo judicial).

¬    Constituya evidencia relevante en un procedimiento reglamentario y se obtenga por los medios legales adecuados (por ejemplo, orden judicial o embargo judicial), o que ya exista la obligación legal de revelarla.

¬    Exista un deber profesional o un derecho a revelarla, en el curso de:

•    Cumplir con las normas técnicas y los requisitos éticos.

•    Proporcionar información a los organismos regulatorios en relación con inspecciones a la Firma.

 

•    Proteger los intereses de la Firma en procedimientos profesionales y legales.

¬    Se haya obtenido el consentimiento del Cliente y no existan restricciones o prohibiciones conforme a las Leyes Locales u otras disposiciones contractuales.

 

Cuando exista duda en cuanto al deber o derecho a revelar información confidencial del Cliente, se debe consultar al socio principal o al Director Legal.
 

Por otra parte, la información reservada se refiere a aquella información que las tres cuartas partes de los Directores en ejercicio de una Sociedad Anónima o todos los administradores de la sociedad tratándose de emisores no administrados por un Directorio u órgano colegiado, acuerden dar el carácter de reservado por tratarse de hechos o antecedentes que se refieran a negociaciones aún pendientes que al conocerse puedan perjudicar intereses de la sociedad.
 

RisksConsulting, incluyendo a sus Socios, Gerentes, Personal Profesional y Personal de Apoyo, deben respetar y mantener la información reservada del Cliente bajo tal condición, no debe utilizarla en beneficio propio o ajeno, ni adquirir para sí o para terceros los valores sobre los que se posee información, a excepción de las siguientes situaciones:
 

•    Cuando la información deje de tener el carácter de privilegiada o reservada, conforme lo señalen las Leyes Locales u otras disposiciones contractuales.

•    Cuando la Ley o alguna regulación exija que se revele, como por ejemplo:

¬    Constituya evidencia relevante en procedimientos judiciales y se obtenga por los medios legales adecuados (por ejemplo, orden judicial o embargo judicial).

¬    Constituya evidencia relevante en un procedimiento reglamentario y se obtenga por los medios legales adecuados (por ejemplo, orden judicial o embargo judicial), o que ya exista la obligación legal de revelarla.

•    Cuando no existan restricciones o prohibiciones conforme a las Leyes Locales u otras disposiciones contractuales.

 

En cuanto al derecho o al deber de revelar información privilegiada o reservada del Cliente, se debe consultar al socio principal o al director legal.
 

Basados en las Leyes Locales o a las disposiciones contractuales con el Cliente, el requerimiento de confidencialidad debe continuar después del término de un Compromiso, después de que los Socios, el Personal Profesional y el Personal de Apoyo dejen la Firma y aún después de terminada la relación entre la Firma y el Cliente.
 

6    Normas y políticas sobre tratamiento de las irregularidades, anomalías o delitos detectados en el desarrollo de la auditoría y que afecten a la administración o contabilidad de las sociedades auditadas.
 

En caso de irregularidades, anomalías o delitos detectados en el desarrollo de una auditoría, que afecten a la administración o contabilidad de las entidades auditadas, se deberá informar de inmediato al socio, se deberá mantener la debida reserva y reunir toda la documentación de respaldo asociada, procediendo a realizar una segunda revisión con el Gerente de Riesgos y Director Legal, quienes, en conjunto con el socio, determinarán el mecanismo apropiado para informar al Directorio. Lo anterior en consideración a lo dispuesto en el artículo 246 a) de la ley N° 18.045, por lo que se deberá considerar la oportuna comunicación a la administración de la entidad auditada y al comité de directores, en su caso, para que ellos puedan proceder a corregir la situación y efectuar las comunicaciones que correspondan. 
 

Dependiendo de la importancia y significatividad de la supuesta irregularidad o anomalía detectada, el Gerente de Riesgo, el director Legal y el Socio Principal deberán buscar asesoría legal para efectos de analizar la calificación jurídica de la situación anómala que hubiese sido detectada. Sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 246 b) de la ley N° 18.045, si el resultado de dicho análisis concluye que existen indicios de un delito o crimen, la situación deberá ser denunciada a la CMF, de modo que ésta determine si debe o no hacer una denuncia al Ministerio Público. 
 

7    Normas de idoneidad técnica e independencia de juicio de los socios que dirijan, conduzcan y suscriban los informes de auditoría y de todos los miembros del equipo que participen en ellas.
 

7.1    Normas de idoneidad técnica
 

Los requisitos de idoneidad técnica mínimos que deben cumplir los socios de auditoría de la Firma corresponden a los indicados en la Norma de Carácter General N°355 del 02 de diciembre de 2013 de la CMF, detallados a continuación:
 

a)    Poseer título de contador auditor, ingeniero en información y control de gestión, ingeniero comercial o estudios equivalentes de auditoría, emitido por una Universidad reconocida por el Estado, de una carrera de al menos 8semestres y que incluya, al menos, 4 asignaturas de Auditoría y 8 asignaturas de Contabilidad. En caso que dichas asignaturas no hayan sido impartidas sobre la base de: i) Normas Internacionales de Información Financiera ii) Normas de Auditoria de General Aplicación y iii) Normas Internacionales de Auditoria (ISA, por sus siglas en ingles) emitidas por la Federación Internacional de Contadores, además del título o grado académico, deberán contar con estudios avanzados sobre las referidas normas, con una extensión mínima de un semestre y calidad de Diplomado. En tanto, para el caso de personas que hayan obtenido su título en el extranjero, éste deberá ser debidamente revalidado u homologado a título equivalente en Chile;
 

b)    Contar con una experiencia en el ámbito de la auditoría de estados financieros, de a lo menos 5 años, contados desde la fecha en que se obtuvo el título en Chile o en el extranjero y al menos 1 año de experiencia en la misma industria a la que pertenece la entidad que se está auditando. En caso de no contar con dicha experiencia, como procedimiento alternativo se contará con el apoyo del staff interno que la posea o se contratará la asesoría correspondiente de personal externo;
 

c)    Tratándose de personas a cargo de la dirección y conducción de auditorías de Compañías de Seguros o de Reaseguro y de quienes suscriban los informes de esas auditorías, contar con una experiencia de no menos de 5 años en auditorías a ese tipo de compañías.

 


Directores de Auditoria e IFRS
 

Dentro de la Firma, el nivel de Director corresponde a aquel profesional del ámbito de  Auditoria e IFRS, que cumpla con los siguientes requisitos:
 

a)    Poseer título de contador auditor, ingeniero en información y control de gestión, ingeniero comercial o estudios equivalentes de auditoría, emitido por una Universidad reconocida por el Estado, de una carrera de al menos 8 semestres y que incluya, al menos, 4 asignaturas de Auditoría y 8 asignaturas de Contabilidad. En caso que dichas asignaturas no hayan sido impartidas sobre la base de: i) Normas Internacionales de Información 

Financiera ii) Normas de Auditoria de General Aplicación y iii) Normas Internacionales de Auditoria (ISA, por sus siglas en ingles) emitidas por la Federación Internacional de Contadores, además del título o grado académico, deberán contar con estudios avanzados sobre las referidas normas, con una extensión mínima de un semestre y calidad de Diplomado. En tanto, para el caso de personas que hayan obtenido su título en el extranjero, éste deberá ser debidamente revalidado u homologado a título equivalente en Chile;

 

b)    Contar con una experiencia en el ámbito de la auditoría de estados financieros, de a lo menos 5 años, contados desde la fecha en que se obtuvo el título en Chile o en el extranjero y al menos 1 año de experiencia en la misma industria a la que pertenece la entidad que se está auditando. (Requisito para Director de Auditoria)
 

c)    Contar con conocimientos avanzados de NIIF a tanto a nivel académico como en desempeño profesional por mas de 5 años (Requisito para Director de IFRS)
 

d)    Tratándose de personas a cargo de la dirección y conducción de auditorías de Compañías de Seguros o de Reaseguro, contar con una experiencia de no menos de 5 años en auditorías a ese tipo de compañías. (Requisito para Director de Auditoria)
 

Directores de Governance y Legal
 

Dentro de la Firma, el nivel de Director corresponde a aquel profesional del ámbito de  Governance y Legal, que cumpla con los siguientes requisitos:
 

a)    Director Legal, poseer título deabogado de universidad acreditada en Chile, con experiencia de a lo menos 5 años en materias civiles, penales y comerciales.
 

b)    Director de Governance, Auditor, ingeniero en información y control de gestión, ingeniero comercial o estudios equivalentes de auditoría, con experiencia de a los menos 3 años en materias de Compliance y riesgos.
 

En el caso de los Gerentes de auditoría, se deberá considerar:
 

•    Poseer título de contador auditor, ingeniero comercial o estudios equivalentes de auditoría, emitido por una Universidad reconocida por el Estado.  En tanto, para el caso de personas que hayan obtenido su título en el extranjero, éste deberá ser debidamente revalidado u homologado a título equivalente en Chile; 
 

•    Contar con una experiencia en el ámbito de la auditoría de estados financieros, de a lo menos 3 años, contados desde la fecha en que se obtuvo el título en Chile o en el extranjero;
 

•    Tratándose de personas a cargo de la dirección y conducción de auditorías de Compañías de Seguros o de Reaseguro, contar con una experiencia de no menos 3 años en auditorías a ese tipo de compañías;
 

•    Contar con una experiencia mínima de 1 año en la industria específica a la que pertenece una entidad en cuya auditoría está participando. 
 

Para los seniors de auditoría se considerará:
 

•    Poseer título de contador auditor, ingeniero comercial o estudios equivalentes de auditoría, emitido por una Universidad reconocida por el Estado.  En tanto, para el caso de personas que hayan obtenido su título en el extranjero, éste deberá ser debidamente revalidado u homologado a título equivalente en Chile; 
 

•    Contar con una experiencia en el ámbito de la auditoría de estados financieros, de a lo menos 2 años, contados desde la fecha en que se obtuvo el título en Chile o en el extranjero; 
 

•    Tratándose de personas a cargo de la dirección y conducción de auditorías de Compañías de Seguros o de Reaseguro, contar con una experiencia de no menos 2 años en auditorías a ese tipo de compañías.
 

7.2    Selección de Personal
 

El socio tiene a cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
 

•    Planificar las necesidades de personal

•    Asesorarse con personal especializado, interno o externo, para efectos de reclutar personal

•    Procurar información mínima suficiente, delas personas que participen en procesos de contratación

•    Definir los perfiles mínimos necesarios en cada contratación

•    Velar por que las nuevas contrataciones tomen conocimiento de las políticas y procedimientos de la Firma.

 

7.3    Inducción
 

Todo personal que ingrese a la Firma recibirá una capacitación de inducción a la Firma y al puesto que ocupará, con el objetivo es que tome conocimiento de las políticas de la Firma, en temas de ética, tareas a desarrollar y responsabilidades asociadas.
 

7.4    Capacitación y entrenamiento
 

La Firma establecerá un programa permanente de capacitación y entrenamiento que cubra las necesidades de actualización de los conocimientos necesarios para el buen desempeño de todos los niveles profesionales.
 

El plan tendrá como foco principal asegurar conocimientos suficientes y actualizados sobre materias relacionadas con normas internacionales de contabilidad y prácticas de auditoría.
 

Será responsabilidad del Socio, mediante su experiencia y relaciones profesionales personales, incorporar alpersonal en diversos ámbitos de desarrollo, tales como comisiones y cuerpos profesionales colegiados, universidades y similares.
 

El número mínimo de horas de capacitación tanto para socios como para el resto de la Firma será de 40 horas, las cuales serán distribuidas según las necesidades de cada caso y serán realizadas en forma interna o externa según corresponda.


7.5    Prohibición de desarrollar determinados servicios profesionales
 

La Firma y su personal no están autorizados a realizar en clientes a los cuales se les presta servicio de auditoría externa, aquellos servicios especificados en el artículo 242 de la Ley 18.045, dado que éstos podrían comprometer la independencia de juicio en la prestación de los servicios de auditoría externa. Cualquier otro servicio no especificado en el apartado legal señalado, será evaluado por el Socio Principal de la Firma.


7.6    Política de rotación de equipos de trabajo, en auditoría de estados financieros
 

La Firma adopta como política de rotación de equipos de trabajo, lo señalado en la letra f) del artículo 243 de la ley 18.045, esto es, no superar los 5 años continuos, desarrollando la auditoría externa de una misma entidad.
 

8    Normas que regulan los procedimientos de control, para verificar la idoneidad técnica e independencia de juicio de los socios que dirijan, conduzcan y suscriban los informes de auditoría y de todos los miembros del equipo que participen en ellas.
 

8.1    Estándares mínimos de idoneidad técnica e independencia de juicio
 

Las políticas y procedimientos de independencia se aplican desde los Socios de la Firma, al Personal Profesional y al personal administrativo, sea cual sea el vínculo contractual con la Firma y sus familiares, si corresponde. Su aplicación será monitoreada mediante el uso de las siguientes herramientas: 

Declaración Anual de Independencia - Todos los empleados y Socios de la Firma deben Firmar una confirmación de independencia por el período de los últimos doce meses.

Contratación y Declaración Inicial - Se han implementado requerimientos en la contratación de los profesionales como la inclusión de una cláusula contractual sobre el compromiso de respetar las normas de independencia de la Firma y Firmar una declaración inicial de independencia.  Esta declaración inicial es usada para determinar asuntos de independencia con clientes restringidos e informar a los Socios para que tomen las medidas de control en la asignación de estos profesionales a esos respectivos clientes. 

Desvinculación y renuncias – Los profesionales que se desvinculan deben firmar una declaración de independencia final. 



Entrenamiento - Se provee entrenamiento a nivel de inducción, cuando las personas ingresan a la Firma y posteriormente, en el transcurso de su carrera.  Este entrenamiento es obligatorio para todo el personal. También existe entrenamiento del tipo actualización y recordatorio en las reuniones anuales que se realizan desde el nivel de gerentes hasta Socios. En el caso de auditoría, los cursos de independencia se incluyen en el programa de entrenamiento de auditoría por cada nivel. 

Independencia de los profesionales - La responsabilidad por vigilar la independencia de los profesionales asignados a trabajos está radicada en el socio a cargo del trabajo.  Los profesionales deben confirmar su independencia al momento de ingresar al compromiso. 


8.2    Conflict Chechs
 

Las oportunidades en que se requiere efectuar una verificación de conflictos de intereses son variadas y deben ser determinadas por el socio a cargo de un compromiso. 

La realización de un ConflictCheck debe ser solicitada al socio a cargo para que consulte a cualquier Firma Miembro donde la entidad tenga operaciones o inversionistas.

La realización de un ConflictCheck permitirá verificar que no existe ningún conflicto de interés al prestar servicios a una entidad y asegurarnos de que la Firma sea independiente respecto a una entidad y a sus afiliadas.


9    Normas que regulan la estructura de cobros de honorarios
 

Los honorarios por trabajos de auditoría externa serán fijados en base a la estimación de horas profesionales a ser utilizadas en el compromiso, considerando todo el equipo de trabajo y costos por externalidades si el caso lo amerita, los cuales debe ser aprobados por los clientes mediante la aceptación de la respectiva propuesta o carta de contratación. 
 

En ningún caso, los honorarios pueden estar supeditados a los resultados específicos de una auditoría determinada.
 

En el caso que los honorarios originalmente pactados con un cliente requieran ser ajustados como resultado de nuevos requerimientos, cambios de enfoque o alcance, imprevistos u otras circunstancias fuera del control de la Firma, esta situación debe ser oportunamente informada para facilitar, así, su debido análisis con el cliente, conducente a consensuar los incrementos de honorarios que correspondan. 
 

En caso de mora en el pago de honorarios facturados, la Firma podrá iniciar las acciones legales pertinentes destinadas a su cobro ypodrá́ suspender la prestación de los servicios profesionales que correspondan. No se realizará ningún trabajo de auditoria en aquellos clientes que mantengan saldos en mora de auditorias anteriores.
 

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 246 c) de la ley N° 18.045 y en particular al límite del 15% establecido en dicha norma, no se realizarán servicios a clientes que superen dicho porcentaje de los honorarios totales anuales, evitando así que dicho servicio pueda ser percibido como una amenaza a nuestra independencia. 


10    Normas y principios que deben guiar el actuar de todo el personal de RisksConsulting, independiente del vínculo contractual con la empresa.
 

Los principios que rigen el actuar de todo el personal de RisksConsulting, poseen los siguientes pilares fundamentales: Honestidad, responsabilidad, objetividad, equidad, transparencia, respecto, independencia y desempeño profesional.
 

Los pilares se relacionan formando un prestigio que constituye un aporte al cumpliance de la profesión en que la ética es el foco escencial y la Ley y marco normativo son una base inicial que esta contenida en el marco etico.
 

Principales focos de normas y principios se relacion con:
 

Honestidad, al no comprometernos en trabajos que vayan mas halla de las competencias tecnicas internas  u otras que podamos subcontratar.
 

Responsabilidad, respecto a los compromisos en idoneidad técnica y cumplimiento de plazos

Objetividad, la ausencia de conflicto de interes como eje central de actuaciones independientes en el desempeño de los servicios.
 

Equidad, defender la correcta relación de esfuerzos y compensaciones de los colaboradores de la Firma.

Transparencia, garantiza la valentia en el ejercicio de la profesión.
 

Respecto, comprende abordar todas las situaciones en un marco de respecto a nivel interno como externo.

Independencia, la actitud análitica y critica sobre las revelaciones y valorizaciones de la información financiera, riesgos  y ambiente de control.
 

Desempeño profesional, comprende a la suma de los pilares fundamentales de la Firma y a la ejecución y entrega del conocimiento con la Firma y los clientes.
 

Todos los miembros de la firma deberan dar extricto cumplimiento de los principios y normas éticas, la ausencia de éstos u la omision de denuncia ante el Socio en forma oportuna, generará medidas disciplinarias dentro de la Firma.
 

La mantención y supervisión del cumplimiento de las politicas y normas es función de todo el equipo de la firma, cualquier desviación en su cumplimiento deberá ser comunicado al Socio de la Firma quien indagara las cirscunstancias y determinará las medidas disciplinarias que correspondan.
 

El socio de la Firma define los principios de actuación de la Firma de acuerdo a principios eticos, basados en principios filosificos categóricos los que sustentan los pilares descritos.
 

La capacitación, difusión y fomento de éstos principios, se refuerza en cada trabajo con los casos que se presenten en el dia a dia tanto dentro como fuera de la organización.

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